Como cambiar de medico en la seguridad social por internet

Como cambiar de medico en la seguridad social por internet

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Debe presentar los documentos originales o copias certificadas por el organismo que los haya expedido. No se aceptan fotocopias ni copias compulsadas. Todos los documentos deben estar vigentes (no caducados). No podemos aceptar un recibo que demuestre que ha solicitado el documento.

Si no tiene uno de estos documentos específicos o no puede conseguir un reemplazo para uno de ellos en un plazo de 10 días, pediremos ver otros documentos. Todos los documentos presentados, incluidos los siguientes, deben estar vigentes (no caducados) y mostrar su nombre, datos de identificación (fecha de nacimiento o edad) y, preferiblemente, una fotografía reciente:

Cuando solicite una sustitución o una corrección de la tarjeta de la Seguridad Social, deberá mostrarnos una prueba de su identidad, su situación migratoria y su autorización de trabajo. Además, si necesita cambiar o corregir algún dato de su tarjeta de la Seguridad Social, debe mostrarnos ciertos documentos sobre el cambio. Sólo podemos aceptar ciertos documentos.

Debe presentar los documentos originales o copias certificadas por el organismo que los emitió. No podemos aceptar fotocopias ni copias certificadas por un notario. Todos los documentos deben estar vigentes (no caducados). No podemos aceptar un recibo que demuestre que ha solicitado el documento.

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El Título II prevé el pago de prestaciones de invalidez a las personas discapacitadas que están “aseguradas” en virtud de la ley en virtud de sus contribuciones al fondo fiduciario de la Seguridad Social a través del impuesto de la Seguridad Social sobre sus ingresos, así como a determinados dependientes discapacitados de las personas aseguradas. El Título XVI proporciona pagos de SSI a personas discapacitadas (incluidos los niños menores de 18 años) que tienen ingresos y recursos limitados.

La definición de discapacidad es la misma para todas las personas que solicitan las prestaciones por discapacidad del título II y para los adultos que solicitan el título XVI. La ley define la discapacidad como la imposibilidad de realizar una actividad lucrativa sustancial (SGA) debido a una o varias deficiencias físicas o mentales médicamente determinables que puedan provocar la muerte o que hayan durado o puedan durar un período continuo no inferior a 12 meses.

De acuerdo con el título XVI, se considera que un menor de 18 años está discapacitado si tiene una deficiencia física o mental médicamente determinable o una combinación de deficiencias que cause limitaciones funcionales marcadas y graves, y que pueda provocar la muerte o que haya durado o pueda durar un periodo continuo de no menos de 12 meses.

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Los documentos que tenga que mostrarnos deben ser originales o copias certificadas por la oficina emisora. Puede enviarlos por correo o traerlos a la Seguridad Social. Nosotros haremos fotocopias y le devolveremos los documentos originales.

Si no está de acuerdo con nuestra decisión, tiene derecho a pedirnos que volvamos a examinar su solicitud. La notificación que reciba de nosotros diciendo que no cumple los requisitos le explicará cómo apelar nuestra decisión y el plazo en el que debe hacer la solicitud.

Las personas que no tienen suficientes créditos de trabajo para tener derecho a las prestaciones de la Seguridad Social por incapacidad pueden tener derecho a la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) si tienen ingresos y recursos limitados.

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La Seguridad Social revisa periódicamente su(s) discapacidad(es) médica(s) para determinar si sigue teniendo una condición de discapacidad.    Si determinamos que ya no está incapacitado o ciego, dejará de recibir sus prestaciones.

Durante la CDR, también revisaremos sus ingresos, recursos y condiciones de vida para asegurarnos de que sigue cumpliendo los requisitos no médicos del programa. A esta revisión periódica la llamamos redeterminación. Para más información sobre las redeterminaciones de la SSI, consulte nuestro capítulo sobre REDETERMINACIONES.

Si decidimos que el niño estaba discapacitado por su bajo peso al nacer, generalmente iniciaremos una CDR al cumplir el primer año de edad. Sin embargo, si en un principio decidimos que es poco probable que se produzca una mejora médica de la(s) enfermedad(es) del niño antes de que cumpla 1 año, programaremos la CDR del niño después de que cumpla 1 año

Si tiene derecho a las prestaciones por incapacidad como hijo, 2 meses antes de cumplir los 18 años, revisaremos su caso.    Durante esta revisión, determinaremos si su(s) condición(es) médica(s) actual(es) cumple(n) los requisitos de discapacidad como adulto.    Cuando iniciemos la redeterminación médica, utilizaremos los criterios de los adultos para determinar si tiene derecho a las prestaciones por incapacidad. Utilizamos los mismos criterios para los adultos que presentan nuevas solicitudes de SSI.

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porErnesto Villalba Gutiérrez

Ernesto Villalba Gutiérrez, asesor financiero.